los centros pedían que las cantidades a pagar fueran por aulas suprimidas y no por conciertos

El TSJCV acota la fianza que Marzà puede imponer a los colegios concertados

22/07/2017 - 

VALÈNCIA, (M.G./EP). El conseller de Educación, Vicent Marzà, ha visto cómo su política educativa sufría diversos varapalos judiciales estas últimas semanas. A la suspensión del decreto de plurilingüismo, se sumó hace unos días la suspensión cautelar por parte del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) de la supresión de los conciertos educativos de bachillerato en los colegios privados Domus de Godella y Purísima de València. 

Sin embargo, este revés para Marzà tenía una parte de jarro de agua fría para dos centros. La Conselleria de Educación cifró en 539.000 euros la fianza que el TSJCV determinó que debía constituir el Centro Integrado de Las Purísimas Franciscanas de València y en 545.000 euros la del Domus de Godella para ejecutar dicha decisión judicial. El motivo por el que exige el depósito de esa garantía es devolver a la Generalitat Valenciana el dinero cobrado por los dos colegios en caso de que los juzgados acaben dando la razón al Consell. 

Los abogados de los dos centros alegaron, no obstante, que las cantidades exigidas de aval eran demasiado altas. Y recurrieron alegando que no se debía tener en cuenta la cifra total de dinero público que reciben los colegios por el concierto, sino el coste de las aulas de bachillerato que había suprimido el departamento de Marzà. Así, este viernes el TSJCV realizó una resolución en la que da la razón a los argumentos de las dos escuelas privadas. O, al menos, eso se desprende del escrito que ha enviado el tribunal respecto de otro colegio con un caso similar; La Purísima, Hermanas Franciscanas de la Inmaculada de Alzira (València). 

Así, la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV ha reclamado al instituto que deposite el importe equivalente a la financiación pública que recibirá en dos años solo por la unidad concertada. Al contrario que con los dos centros, por lo que esta resolución abre la puerta a un posible triunfo de las reclamaciones de los dos colegios que vieron cómo ganaban en los tribunales al departamento de Educación. 

Educación deberá renovar el concierto de La Purísima

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana acordó este viernes, además, el mantenimiento cautelar del concierto de una unidad de Bachillerato del Colegio La Purísima, Hermanas Franciscanas de la Inmaculada de Alzira (València), que la Conselleria de Educación suprimía en su resolución sobre conciertos educativos de la Comunidad Valenciana.

Los magistrados estiman así la medida cautelar solicitada por el centro educativo y ordenan la renovación provisional del concierto hasta que el Alto Tribunal valenciano se pronuncie sobre el fondo del pleito y decida si el decreto de la Conselleria es ajustado a Derecho.

Tras analizar los intereses en conflicto y los argumentos expuestos por las partes, la Sala concluye en "la necesidad o al menos la conveniencia" de mantener de forma cautelar el concierto de la unidad porque en caso contrario "podrían producirse graves daños y perjuicios de reparación imposible o difícil para los intereses y derechos de la parte recurrente, centrados en la admisión de alumnos que han solicitado su matriculación en el curso afectado".

La Sala tiene en cuenta la posibilidad de que la renovación cautelar del concierto educativo en contra del criterio de la Generalitat pudiera causar "algún perjuicio a los intereses públicos o de terceros", motivo por el cual exige al colegio una garantía equivalente al importe del concierto de la unidad suprimida (aula, que no concierto) durante dos años, plazo medio de tramitación y resolución de los recursos que llegan a la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV. 

Será la Conselleria de Educación la que habrá de determinar la cantidad exacta que el colegio al que se le devuelve el concierto deberá garantizar. Puede hacerlo con un ingreso en efectivo en la cuenta de consignaciones judiciales, con un aval bancario o aportando cualquier otro título (bienes muebles, inmuebles...). 

Este es el quinto colegio para el que la Sala de lo Contencioso Administrativo dicta una resolución de mantenimiento cautelar de unidades concertadas que Educación había decidido extinguir. 

Los magistrados justifican su decisión en el hecho de que, de no adoptarla, el centro y los alumnos pueden “sufrir daños irreparables”, y que, con la paralización temporal de la medida el servicio público que ofrece laAdministración no sufre merma o perjuicio alguno.

El Colegio La Purísima, ubicado en Alzira ha acreditado que la suspensión del concierto afectaría a 28 alumnos. Según el auto, "lo predominante es el interés y derechos de los alumnos que hasta este curso han venido matriculándose en el centro concertado y que han visto suprimido el concierto en una unidad de las varias de que dispone el centro, con lo que han de optar por matricularse en otro centro a veces distante de su domicilio, con los inconvenientes que para un menor supone".

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