los concursos crecen en alicante mientras bajan en españa

Economistas y abogados piden un plan de viabilidad estándar y gratuito para las pymes

El I Congreso Profesional del Mediterráneo abordó los problemas para resolver la insolvencia empresarial y el hándicap de las pymes 

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17/02/2017 - 

BENIDORM. Unas doscientas personas se congregaron este jueves en la primera jornada del I Congreso Profesional del Mediterráneo, celebrado en Benidorm, en las instalaciones de Asia Gardens Hotel & Thai Spa. Todo un éxito de convocatoria que se sumó al de las ponencias, con profesionales de relevancia en el ámbito del derecho y la economía. La inauguración del acto corrió a cargo del decano del Colegio Provincial de Abogados de Alicante, Fernando Candela, quien celebró que los dos sectores se pusieran de acuerdo en organizar este evento que fomentan el cambio de ideas y que en la mañana de este jueves sirvió para abordar los problemas de insolvencia empresarial, sobre todo, las situación en la que se encuentra después de años de crisis.

PICH: “60 JUZGADOS MERCANTILES HAYAN RESUELTO 60.000 CONCURSOS”

Las palabras de Valentín Pich, presidente del Consejo General de Economistas, que metió en faena a los asistentes con un dato destacable: “60 juzgados mercantiles hayan resuelto 60.000 concursos”. Cabe señalar que según el INE, los concursos de acreedores en Alicante crecen desde hace dos años, al contrario de lo ocurrido en la media nacional. Más alentadoras fueron las palabras del vicepresidente de la Diputación de Alicante, Carlos Castillo, que aseguró que ahora la situación se encuentra "al final del túnel" e indicó la importancia del asunto a tratar, no sólo para los acreedores y las empresas, sino también para los trabajadores.

La catedrática de Derecho Mercantil en la Universidad Complutense de Madrid, Juana Pulgar, hizo un repaso de las mayores problemáticas en cuanto a la refinanciación de la deuda de las empresas y dio a conocer los pormenores de la propuesta realizada por la Unión Europea para la reestructuración de la deuda. Pulgar remarcó que la mayoría de las reformas concursales que se han hecho en España desde 2009 han ido de la mano del Ministerio de Economía.

en los acuerdos de refinanciación EL ACTIVO MEDIO es de 177 millones de euros; en las compañías concursadas es de 6

Pulgar diferenció los datos según si eran grandes empresas o pymes. Así, indicó que en los acuerdos de refinanciación el activo medio es de 177 millones de euros, que contrasta con las que terminan siendo compañías concursadas, con una media de seis millones de euros. 

Por ello, Pulgar hizo hincapié en las dificultades que tienen las pequeñas empresas para la refinanciación. Motivo por el cual reclamó la creación de un plan de viabilidad estándar que sea gratis, de forma que se pueda descargar por internet, y por lo tanto, los empresarios se ahorren este gasto que normalmente no pueden asumir como lo haría una gran mercantil, que se lo encargan a grandes firmas. 

Además, aportó los datos de los últimos años. En 2015 se refinanciaron 211.000 millones de euros, de los cuales, el 52,1% afectó a las empresas no financieras y el resto, a hogares. El año pasado el primer concepto bajó, llegando a los 205.000 millones de euros, de los cuales el 51,5% era de las empresas no financieras.

Foto: RAFA MOLINA.

Pero el repaso por las necesidades de reforma en las leyes actuales no quedó ahí. También las reivindicó en el ámbito de la preconcursalidad, que el crédito público entre en la refinanciación y destacó que aún no se ha regulado un presupuesto objetivo. "Nadie verifica si está en insolvencia actual, inminente o no tiene insolvencia", manifestó Pulgar. Además, reclamó que se especifiquen las clases de acreedores, no a través del art. 89 de la Ley Concursal. "Puede haber distintos acreedores con intereses comunes, o iguales, pero con diferentes intereses", comentó. Por último, pidió que el administrador social asuma una reestructuración primero, y luego se verifiquen si fueron buenas las medidas tomadas.

Pulgar: "Nadie verifica si está en insolvencia actual, inminente o no tiene insolvencia"

El siguiente en tomar la palabra fue Juan Francisco Garnica, magistrado-presidente de la Sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona. "No existe en nuestro país un concepto unitario de grupo", así de tajante fue Garnica, quien indicó que en la actualidad se basan en el artículo 42 del Código de Comercio, que cuando se plasmó, no tenía como intención definir este concepto. Así, explicó que en el ámbito del Comercio, Laboral y Fiscal hay una percepción de grupo "pero lo deseable es que el ordenamiento jurídico tenga una definición que sirva para todos", sentenció el magistrado.

Garnica: "No existe en nuestro país un concepto unitario de grupo"

Asimismo, indicó que en la situación actual, se está excluyendo a los de coordinación, el grupo horizontal. Para ello, se hizo una pregunta retórica: ¿existe el grupo aunque no haya una sociedad dominante? Está claro que se excluyen los grupos paritarios u horizontales del grupo societario mercantil. Pero en su sección admiten ya la existencia entre hermanas, sin exigir entre ellas relación vertical, así como quien esté en la posición de control sea una persona física.

Foto: RAFA MOLINA.

La primera mesa de debate tenía por contenido la mediación concursal y el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. Francisco Soriano, magistrado de la sección octava de la Audiencia Provincial de Alicante, puso uno de los problemas actuales, y que viene de largo: qué se entiende por empresario. La cuestión es que según la región de la que se trate, los procedimientos relativos a los concursos los asume los juzgados de lo mercantil o los de primera instancia. Ante esto, Soriano se preguntó si estos últimos estaban preparados "para acoger tal avalancha de estos casos" o si estaban dispuestos estos profesionales a especializarse en este sentido. 

Soriano: "Hay que aclarar qué se entiende por empresario"

Así, Soriano indicó que la importancia de esta cuestión radica en que de esta manera se enviarán los casos a los de primera instancia o a los juzgados de lo mercantil de una forma unitaria. Según los autos emitidos por Madrid a los que hizo referencia el magistrado durante su ponencia, éstos tienen en cuenta el origen del pasivo, por si vinieran del momento de la etapa empresarial, por lo que se juzgaría en lo mercantil. "Alicante y Murcia no compartimos ese criterio", afirmó Soriano, ya indicó que tienen en cuenta si en el momento de la presentación del concurso es empresario, o está en paro o jubilado, por ejemplo. "Pero esto no significa que tenga desconfianza en que lo resuelva el de primera instancia, me baso en criterios objetivos y no por conveniencia", apuntó.

Por su parte, José María Fernández Seijo, magistrado de la sección 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona explicó que esto se está resolviendo en su ciudad por la vía de reparto, en la que algunos juzgados se están subespecializando. Entre otras cosas, Fernández Seijo afirmó que en los "concursos somos muy malos, sobre todo en coches muy antiguos, así que toman otras vías como Wallapop, como consecuencia, llegan a la liquidación con una pérdida de patrimonio". Asimismo, advirtió de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Luxemburgo sobre el control de oficio de las cláusulas abusivas en los procesos de insolvencia.

Fernández Seijo advirtió de una sentencia sobre el control de oficio de las cláusulas abusivas en los procesos de insolvencia

Durante la tarde del jueves siguieron otras ponencias sobre refinanciación de la deuda, derechos de los socios minoritarios, concurso y Administraciones públicas, tratamiento concursal de las operaciones entre personas vinculadas, o Concurso y Registros Jurídicos. Mientras que para la clausura del viernes, la primera versará sobre el convenio concursal y modificaciones estructurales, en la siguiente se hará un repaso a la reciente Jurisprudencia concursal del Tribunal Supremo y, por último, cerrará el congreso las mesas redondas sobre el control de abusividad y de transparencia a la luz de la última doctrina del TJUE y las próximas novedades legislativas.

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