opciones y consecuencias tras la sentencia del tsj que reconoce su licencia

El dilema de los depósitos del Puerto: recurso, filtro ambiental, límite de distancia y compensación

25/04/2024 - 

ALICANTE. ¿Qué hacer con los depósitos del Puerto? Ese es el dilema al que siguen teniendo que dar respuesta el Ayuntamiento de Alicante y la Generalitat -y también, en menor medida, la Autoridad Portuaria- después de que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) haya estimado el recurso presentado por la empresa promotora del proyecto, XC Business 90, y haya reconocido la concesión de licencia solicitada por silencio administrativo positivo. Con esa resolución, que revoca la sentencia de primera instancia dictada en 2022, se concluye que el Ayuntamiento habría excedido los tiempos establecidos para responder a la solicitud de permiso planteada por la compañía desde que presentó la primera documentación del proyecto, en 2013, y desde que reactivó el procedimiento, a partir de 2018. 

Seis años después, ha sido el alto tribunal autonómico el que ha acabado asignándole el reconocimiento del permiso solicitado, lo que aboca a la administración local y a la autonómica a tener que volver a posicionarse con la toma de decisiones respecto a próximos pasos a seguir, en el supuesto de que se persista en la voluntad de impedir el desarrollo del proyecto, con el que se prevé la instalación de seis primeros depósitos en la terminal de mercancías del Puerto en un proyecto que comprendería hasta tres fases con un total de 20 tanques de almacenaje.

La primera de las opciones al alcance del Ayuntamiento es la posibilidad de interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo (TS). En ese caso, se dispone de un plazo de 30 días para formular su anuncio. Se trata de una opción con la que se optaría a bloquear el desarrollo de los tanques de almacenaje hasta que existiese una resolución definitiva. Eso sí, siempre que XC Business no tuviese a su alcance la opción de solicitar la ejecución provisional de la sentencia -y que el TSJ la aceptase- para que se formalizase el trámite de concesión del permiso con la intención de acelerar el inicio de los trabajos

Por lo pronto, fuentes jurídicas consultadas albergaron dudas sobre la disponibilidad de la vía de la ejecución provisional de la sentencia al tratarse de la concesión de una licencia para llevar a cabo un proyecto que afecta a dominio público marítimo terrestre. En todo caso, si existiese ese camino, el Ayuntamiento también podría demandar que se acordase la suspensión cautelar de esa ejecución hasta que hubiese un pronunciamiento del TS.

En todo caso, ese escenario no quedaría exento de consecuencias. La empresa promotora de la planta de carburantes podría optar por solicitar una indemnización económica en la que se compensase la demora registrada en la concesión de su permiso. Por lo pronto, fuentes consultadas indicaron que la sentencia del TSJ abriría de forma automática la vía de la responsabilidad patrimonial de la administración por lo que no se descarta la posibilidad de que XC Business haga uso de esa fórmula para cubrir el perjuicio ocasionado por al menos seis años de retraso en la concesión de permiso. Según las mismas fuentes, ese procedimiento podría dar pie a una reclamación millonaria. Y la cantidad se incrementaría en el supuesto de que el hipotético recurso de casación quedase rechazado por el TS.  

Más evaluaciones

No obstante, Ayuntamiento y Generalitat podrían tener a su alcance otros mecanismos para tratar de evitar el desarrollo del proyecto. Entre ellos, figuraría la reconsideración de las conclusiones alcanzadas en dos primeros informes emitidos en 2021 por la Conselleria de Transición Ecológica y por la Abogacía de la Generalitat en los que se concluía que la propuesta de XC Business no quedaba sometida al trámite de evaluación ambiental. Por lo pronto, la Concejalía de Urbanismo del Ayuntamiento de Alicante ya ha elevado un nuevo informe a la actual Conselleria de Agua, Medio Ambiente, Infraestructuras y Territorio en el que rebate esa consideración y solicita al departamento autonómico que sí exija al proyecto el requisito de ese informe ambiental. Por el momento, la conselleria que dirige Salomé Pradas no se ha pronunciado respecto a esa posibilidad.

Al margen de ello, lo cierto es que la Generalitat todavía debe pronunciarse sobre otra de las vertientes del proyecto: la evaluación del plan de seguridad y emergencias ya presentado por XC Business. Se trata de un trámite requerido para que pueda obtenerse la licencia de actividad, que queda bajo la competencia de la Dirección General de Emergencias de la Conselleria de Justicia. Ese podría ser otro filtro que pudiese suponer un freno para el proyecto, a pesar de que la propia empresa sostiene que su ejecución no entraña ningún riesgo, como defendió su administrador en una entrevista concedida a Alicante Plaza.


Y, además, existiría la posibilidad de revisar las modificaciones introducidas por el Consell del Botànic en la Ley de Calidad Ambiental entre las que, según viene sosteniendo Compromís, todavía se mantiene la exigencia del cumplimiento de una distancia de 1.000 metros respecto a zona habitada para las instalaciones de almacenaje de combustibles: el mismo límite introducido en la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (Lotup) que quedó derogado por el Tribunal Constitucional (TC) a instancias de un recurso presentado por el Gobierno central por un supuesto de invasión de competencias

Por último, todavía debe resolverse la petición planteada por las plataformas vecinales Unir Alacant y la Plataforma por un Puerto Sostenible (PPS) por la que se insta a la Autoridad Portuaria a abrir un expediente de oficio para revocar la modificación de la concesión aprobada en 2019 por la que se amparaba el desarrollo de la planta de XC Business en la terminal de mercancías explotada por TMS en régimen de concesión. Como ya ha informado este diario, esa solicitud se fundamentaría en la supuesta falta de rigor del proyecto planteado por la empresa promotora y por la ausencia de las comprobaciones técnicas necesarias respecto a ese proyecto por parte de la Autoridad Portuaria en ese momento. 

No obstante, fuentes consultadas precisaron que la hipótesis de la anulación del acuerdo aprobado en 2019 quedaría prácticamente descartada en la medida en que si se adoptó el acuerdo de modificación de la concesión fue, precisamente, porque se constató que cumplía los requisitos normativos requeridos, al margen de que la empresa promotora debiese reunir otras autorizaciones por parte de otras administraciones.

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