València

La Generalitat pedirá también a los pisos turísticos el aval de los vecinos para inscribirlos en el registro

El PP incluye en sus enmiendas al Plan Simplifica una modificación para aclarar que las VUT deben cumplir la Ley de Propiedad Horizontal que obliga a obtener el acuerdo de la comunidad de propietarios

  • Pisos turísticos en una imagen de archivo.
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VALÈNCIA. El Grupo Parlamentario Popular en Les Corts plantea en una de sus enmiendas al Plan Simplifica 2 que las viviendas de uso turístico tengan que obtener el "acuerdo expreso de la comunidad de propietarios" al ejercicio de dicha actividad de forma previa a solicitar su inscripción en el registro autonómico de Turismo.

Los populares plantean una modificación del Decreto que regula el alojamiento turístico para que se incluya expresamente que "con carácter previo a la inscripción" al registro autonómico, las VUT deberán "cumplir con las previsiones establecidas por la Ley de Propiedad Horizontal en cuanto a la obtención del acuerdo expreso de la comunidad de propietarios".

Cabe recordar que el Gobierno central modificó esta ley para introducir precisamente la necesidad de que las viviendas de uso turístico obtengan el aval de tres quintas partes de la comunidad de propietarios para poder ejercer la actividad turística. Una obligatoriedad vigente desde abril de 2025 pero que no se reflejaba en la normativa autonómica de forma expresa.

El registro autonómico de Turismo es el censo oficial en el que deben inscribirse las viviendas de uso turístico para poder operar legalmente en la Comunitat Valenciana. Para obtener el número de registro, necesario para anunciarse en cualquier plataforma, los propietarios deben presentar una declaración responsable que acredite el cumplimiento de requisitos como disponer de una referencia catastral única, contar con el informe municipal de compatibilidad urbanística favorable, poseer licencia de ocupación o tener suscrito un seguro de responsabilidad civil.

Las VUT registradas antes de agosto de 2024 no necesitarán aval vecinal al renovar

La validez de la inscripción caduca a los cinco años, momento en el que los titulares de las viviendas turísticas deben renovarlo aportando de nuevo la documentación que acredite que cumplen con la normativa vigente y además, con el consentimiento de los vecinos si la inscripción en el registro se ha producido después del 8 de agosto de 2024, cuando se aprobó el decreto de Simplifica. Esto implica que las viviendas turísticas registradas antes de agosto de 2024, están exentas de obtener el aval de los vecinos en el momento de renovar su inscripción en el registro.

Excepción en caso de transmisión por causa de muerte

La normativa también contempla que se deba renovar la declaración responsable, acreditando el cumplimiento de la normativa vigente en el momento de la renovación, si se produce un cambio en la propiedad de la vivienda turística. Un extremo que los 'populares' también proponen enmendar para introducir una excepción en los supuestos de transmisión por causa de muerte por la que el nuevo propietario no estaría obligado a volver a presentar dicha documentación para mantener la inscripción. 

 

 

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