ELCHE. El Ayuntamiento quiere declararle la guerra a las campas alegales que hay en el entorno del aeropuerto Alicante - Elche Miguel Hernández. Suelo ilicitano no urbanizable que está ocupado por aproximadamente un centenar de campas que ocupan un centenar de hectáreas; un millón de metros cuadrados. Este jueves el alcalde confirmaba que van a enviar a la Agencia Valenciana de Protección del Territorio (AVPT) el parte de los informes que elaboren a raíz de las inspecciones que están realizando. Sin embargo, por las consultas realizadas con la Agencia, desde la misma trasladan que su competencia se circunscribe únicamente a lo urbanístico, y no a los usos y actividades. Por lo que solo pueden intervenir en el caso de que haya construcción. En ese sentido, sí han actuado en tres expedientes de estas campas.
De las más de 600 denuncias remitidas a la Agencia por parte del Ayuntamiento, consta la existencia de tres expedientes correspondientes a denuncias por obras para aparcamientos en el entorno del aeródromo, que sí están sujetas a su competencia. Ya han sido tramitadas y resueltas y, en dos de los casos, ya ha sido restablecida la legalidad, demoliendo las obras realizadas de manera irregular, con la restitución del suelo a su estado original. Una de ellas se encuentra recurrida. En esos casos, estos dos aparcamientos sí tenían obra realizada, que es con lo que puede actuar la AVPT, porque se realizaron asfaltados y obras de acceso, entre otros. Hasta ahora no constan más expedientes de este tipo trasladados vía municipal.
Un detalle que explica a su vez por qué muchos de estos negocios, alegales, simplemente se están realizando con la habilitación de un vallado e incluso algún contenedor para cobrar y gestionar los mismos. Pero sin apenas obras, aunque el Consistorio sí tiene constancia de algunos asfaltados que están provocando que las escorrentías se vayan a casas de vecinos de la zona. En cualquier caso, las actividades no son competencia de la Agencia, ni para clausurar, ni para sancionar, solo ante esa obra realizada y previa denuncia remitida. No realizarán inspecciones ni levantamiento de actas en este entorno. A día de hoy la entidad gestiona 3.000 expedientes de toda la Comunitat con viviendas y construcciones irregulares en suelo no urbanizable, y muchas en la costa, para ver si finalmente hay proceso de derribo, el más extremo, sanciones, o posibilidad de regularizar mediante la minimización.
En otras palabras, todo lo que sea susceptible de ser legalizado vía licencia de obra o Declaración de Interés Comunitario (DIC) no es competencia de la agencia, sino municipal o autonómica. Y por tanto, de ellos es la competencia para la adopción de medidas de regularización de actividades, de clausura o de imposición de sanciones. Dos vías estas que a priori deberían seguirse para instalarse en suelo no urbanizable estos negocios, como cualquier otro particular o empresa, pero que han ido proliferando durante décadas sin control ni estos trámites. Especialmente en los últimos años.
Competencias municipales y autonómicas, salvo que haya obra construida
Asimismo, desde la agencia se recuerda que la licencia o DIC no es objeto de delegación por los Ayuntamientos a la AVPT, dado que se trata de instrumentos que no tienen naturaleza urbanística. La protección de la legalidad en relación con la puesta en funcionamiento de un uso clandestino o no ajustado a licencia a una de esas actividades no forma parte de la disciplina urbanística que tiene atribuida la entidad autonómica. Así lo estableció precisamente una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), de marzo de 2023 precisamente por dudas sobre estas competencias.
A día de hoy, Elche concentra el grueso de expedientes de la AVPT, con 617 de 3.000, muchos de ellos del fenómeno de casas prefabricadas o parcelaciones ilegales.
Las campas ocupan suelos de desarrollo futuro del Plan General
Por último, cabe resaltar que en cualquier caso, las campas que están al Norte de la infraestructura están ubicadas en suelo no urbanizable clave 54, esto es, que están asignados a futuros desarrollos para el Plan General, por lo que sobre el papel están en una zona cuyo uso no está permitido para estos aparcamientos. Para que pudieran permitirse sería necesaria una modificación del Plan General. Urbanismo ya adelante que acudirá a una modificación del PGOU, pero aún no ha especificado en qué términos, ni si esta sería para regularizar esos servicios de rent-a-car en clave 54.
Asimismo, en el momento en que inicien el trámite para modificar el Plan y fueran susceptibles de ser legalizables cuando se apruebe la modificación, habría una suspensión de facto y no se podrían tramitar expedientes afectados por esa posible legalización.